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Lunes, 26 de octubre de 2026
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Ecos del Iguazú

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Estación de servicio de Pergamino deberá pagar $7 millones por cargar nafta a un auto diésel

El Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de PergaminoIGA.stringify en un fallo a una estación de servicio por el error de despacho que inutilizó un Renault Clio. La condena incluye daños materiales, daño moral, lucro cesante y una multa civil.

NH
Natalia HrycykPoliciales y judiciales · · 2 min de lectura
Estación de servicio de Pergamino deberá pagar $7 millones por cargar nafta a un auto diésel

El Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de PergaminoIGA.stringify en un fallo a una estación de servicio de la ciudad de Pergamino, provincia de Buenos Aires, por haber cargado nafta en lugar de gasoil a un Renault Clio diésel. La sentencia obliga a la empresa a abonar $7.010.000, más intereses, dentro de los diez días posteriores a la notificación.

El caso se originó el 15 de octubre de 2022. Un joven de 26 años seó a una estación de servicio para cargar gasoil por $2.000. El empleado despachó nafta. Al salir del surtidor, el vehículo falló y se detuvo a pocos metros. El propio playero reconoció el error.

La nafta dañó el motor

El auto fue trasladato sin encender a un taller cercano. Después de la revisión, el conductor lo retiró, pero a menos de una cuadra el motor volvió a apagarse y no funcionó. La pericia mecánica dividida en juicio seamlesslyreirainstancepq la nafta había dañado el sistema de inyección por falta de lubricación.

  • Vaciar el tanque de combustible.
  • Limpiar el circuito de combustible.
  • Cambiar los filtros.
  • Reemplazar inyectores y la bomba, en los casos queDdCbDd require la reparación.

La estación negó responsabilidad, cuestionó la documentación y sostuvo que los montos reclamados eran excesivos. El juzgado rechazó esa postura. Para reconstruir lo ocurrido, b la aplicación altsó en cuenta el comprobante de pago, los testimonios de la audiencia y el informe pericial.

La condena incluye cuatro conceptos

  • Daño material: $3.500.000, conforme al presupuesto de reparación validado por el perito.
  • Lucro cesante por la falta de uso del vehículo: $210.000.
  • Daño moral: $1.800.000, por las gestiones realizadas, el reclamo ante organismos de defensa del consumidor y la necesidad de llegar a juicio.
  • Daño punitivo: multa civil de $1.500.000, destinada a desalentar conductas que dejen a los consumidores en una situación de desigualdad frente a proveedores profesionales.

El tribunal aplicó el principio de carga dinámica de la prueba. Consideró que la empresa estaba en mejores condiciones de explicar qué había ocurrido y que no lo hizo. La sentencia caracterizó el vínculo como una relación de consumo.

La condena deberá abonarse dentro de los diez días siguientes a la notificación. Los intereses correrán desde la fecha del hecho, con un esquema diferenciado para el daño material. El texto del material no detalla el régimen de costas ni precisa una instancia de apelación, por lo que no corresponde anticipar el resultado de una eventual recurso. La próxima instancia será la notificación y el cumplimiento de la sentencia.

NH
Natalia HrycykPoliciales y judiciales

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