Concesionarias: nuevos sueldos para el personal hasta diciembre, con montos fijos por categoría
SMATA y ACARA cerraron una paritaria de octubre a diciembre bajo el convenio 99/23, con aumentos nominales diferenciados y un plus en diciembre. En enero se retoma la discusión por inflación.

Los trabajadores de concesionarias de autos cobran desde el 1° de octubre nuevos salarios. El acuerdo entre el sindicato SMATA y la cámara ACARA cubre el período octubre-diciembre y se encuadra en el convenio colectivo de trabajo 99/23.
A diferencia de otros acuerdos, no se aplica un porcentaje único para todos los escalafones. Los aumentos son nominales y cambian según la categoría del empleado.
Escalas de octubre a diciembre
- Para octubre y noviembre, la escala arranca en $1.073.088,67 para vendedores de planes de ahorro y para vendedores itinerantes de repuestos, en una de las franjas.
- En la franja siguiente, el valor base sube a $1.099.915,89.
- En diciembre se suma un incremento complementario sobre esos valores base.
Comisiones y cupos en los escalafones altos
Fuera del sueldo fijo, el personal de ventas mantiene una comisión mínima garantizada del 0,5 por ciento sobre el precio de venta libre de tributos. Además, las empresas deben encuadrar al menos el 10 por ciento de su dotación en los dos escalafones más altos del convenio.
Beneficios que se actualizan
- Antigüedad: parte del 3 por ciento a los dos años de servicio y llega al 39 por ciento a los 26 años.
- Idioma extranjero: suplemento del 4 por ciento sobre el básico para quienes acrediten dominio.
- Título habilitante: suplemento del 10 por ciento sobre el básico.
- Zona desfavorable: plus del 20 por ciento para quienes trabajan en la Patagonia, incluidas Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur.
- Otros beneficios: compensación por transporte, público o propio; asignación vacacional equivalente a 130 horas anuales, y subsidios por fallecimiento de familiares directos calculados sobre la categoría máxima del escalafón.
El acta fue derivada a la Secretaría de Trabajo para su homologación. Ambas partes aclararon que el acuerdo es de cumplimiento obligatorio e inmediato desde la firma, en virtud del artículo 959 del Código Civil y Comercial.
En enero, SMATA y ACARA volverán a reunirse para medir la inflación de octubre a diciembre y definir si corresponde un ajuste adicional.
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