La Prestación por Desempleo de Anses: entre dos y doce cuotas según el historial de aportes del trabajador
El organismo previsional paga la cobertura a quienes quedaron sin trabajo registrado por despido sin causa, vencimiento de contrato u otras causales previstas en la ley, con la posibilidad de seis meses adicionales para mayores de 45 años.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) puso en marcha un mecanismo orientado a reemplazar, de manera parcial, los ingresos que perciben los trabajadores en relación de dependencia que perdieron su empleo, mediante una prestación cuya extensión oscila entre un piso mínimo de dos cuotas y un techo máximo de doce, según los salarios y los períodos aportados durante los tres años previos a la solicitud. Para el segmento de beneficiarios con más de 45 años, la cobertura puede extenderse seis meses adicionales, lo que en la práctica llega a configurar un esquema de hasta dieciocho cuotas consecutivas.
Causales que habilitan el acceso
La Prestación por Desempleo está prevista para personas que se encontraban registradas bajo una relación laboral y quedaron desocupadas por motivos ajenos a su responsabilidad. El listado de supuestos contempla el despido sin causa, el vencimiento del contrato a plazo fijo y otras situaciones establecidas en la Ley de Contrato de Trabajo, entre las cuales se incluyen los casos en los que el propio trabajador decide dar por finalizada la relación por una causa justificada, siempre que esa decisión se encuentre respaldada por las intimaciones previas que la normativa exige.
- Telegrama de despido, carta documento o nota del empleador con firma certificada, en casos de despido sin causa.
- Copia del contrato a plazo fijo vencido y no renovado, cuando esa sea la causal de la desvinculación.
- Telegramas de intimación y de desvinculación enviados por el trabajador, cuando fue él quien dio por terminada la relación.
- Documento Nacional de Identidad (DNI) en original y copia, como requisito común a todas las modalidades.
Además de la documentación que acredita el modo en que se cortó el vínculo laboral, el solicitante debe acreditar condiciones previas de aportes. Para los trabajadores permanentes se exige un mínimo de seis meses registrados dentro de los tres años anteriores al cese, en tanto que para los trabajadores eventuales y los empleados de temporada el requisito se compone de dos tramos: haber trabajado menos de doce meses en los últimos tres años y, al mismo tiempo, superar los noventa días efectivamente aportados durante el año previo a la desvinculación.
Cómo se cobra y cómo se gestiona el trámite
El pago se efectúa mediante transferencia a una cuenta bancaria: la Anses gestiona la apertura de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social y el banco interviniente entrega una tarjeta de débito asociada. Cuando el titular ya percibe otra prestación del organismo, se utiliza la cuenta existente, con el objeto de evitar la apertura de cuentas paralelas y concentrar los movimientos en un único instrumento financiero.
La gestión puede iniciarse a través del sistema de Atención Virtual del organismo previsional, para lo cual el solicitante debe contar con CUIL y Clave de la Seguridad Social; quienes aún no dispongan de esa clave pueden generarla en el momento de iniciar el trámite. La alternativa presencial es concurrir a una oficina de la Anses con turno previo, tramitado por los canales habilitados a tal fin.
(El proceso se completa cuando Anses cruza la documentación presentada con los registros del Sistema Integrado Previsional Argentino, valida la situación laboral declarada y, en caso de corresponder, liquida la primera cuota dentro del plazo establecido por la normativa.)
De esta manera, la Prestación por Desempleo se consolida como una herramienta de sostenimiento transitorio frente a la pérdida del empleo registrado, con reglas que toman como referencia el salario promedio de los últimos meses, la antigüedad de los aportes y, especialmente, la edad del beneficiario a través del plazo adicional previsto para quienes superan los 45 años.
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